Livio Pastorino

algunas precisiones sobre los catadores

Uno de los temas pendientes es el de los Catadores, desde que me inicie en las catas de los concursos de pisco el 2009, el único momento que hemos contado con un registro de catadores de pisco expertos y inexpertos (corríjanme si me equivoco), es mientras estuvimos integrados al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Pisco “CRDO-Pisco”, además, se nos expidió una constancia de registro y renovación, en mi caso tiene validez hasta febrero del 2020, no todos los catadores solicitaron esta renovación.

Una vez que el CRDO-Pisco dejo de operar como tal, aproximadamente el 2015, los catadores nos integramos a la Comisión Nacional del Pisco “Conapisco”, en ese momento se contaba con dos asociaciones de Catadores, (la tercera se incorporó el 2016), las Asociaciones de Catadores como ya explique en otro artículo no son reconocidas por la Conapisco, ni fueron reconocidas en su momento por el CRDO-Pisco, los catadores somos independientes en el registro, podemos participar en las tres asociaciones si nos viene bien, pero ante la autoridad somos uno, por eso en la asociación que presido “ASPERCAT” nuestra misión es formar catadores de Pisco, evaluarlos, mantenerlos en la práctica de la cata, apoyarlos en su registro ante la Conapisco, demostrando profesionalismo, eficiencia, continuidad, a su vez confirmar sus horas de práctica, como dirían los Boy Scout, para estar ¡siempre listos! En el momento que se les requiera, esa es nuestra misión.

Pero al margen de esto nos está faltando un reglamento para los catadores, en la actualidad los catadores nos regimos por el *Reglamento del Concurso Nacional del Pisco que nos incluye en el Artículo 36° “De La Cata y Los Catadores”.

Además de los requisitos del Reglamento de Concurso los interesados deben presentar los documentos que acrediten su formación para ser nombrados, inicialmente Aspirante Catador y para después pasar a ser Catador Experto.

Esto esta correcto lo que falta es un Reglamento de Catadores, debemos incluir el Articulo No. 36 como parte del reglamento agregando otros puntos importantes, como, por ejemplo: si deseamos pertenecer al grupo de Catadores Inexpertos para después ser considerados Experto Catador ¿a dónde y a quien nos dirigimos? ¿A quién le corresponde ser nombrado Experto Catador? ¿Quiénes pueden participar de los concursos distritales, regionales que se realizan durante el año? Ojo, en esto último, es importante recalcar que la composición de las mesas de cata estará supeditada a la cantidad de muestras que se presenten en cada concurso.

De acuerdo a que criterio se elige al presidente del concurso o al director de cata, a los coordinadores de mesas. ¿Quién evalúa y como, a los catadores expertos, inexpertos? El Instituto Nacional de Calidad “Inacal” cuenta con una Norma para la formación, selección y supervisión de catadores NTP-ISO 8586:2014, a tomar en cuenta.

Asimismo, los actos de indisciplina, según el reglamento del concurso: *Artículo 43°
-Indisciplina durante el concurso lo resuelve el Director de Cata 1ra instancia.
-El Presidente del Concurso 2da instancia
-De ser necesario la Conapisco (dirimencia).

Nos faltaría incluir las sanciones para los catadores que infrinjan el reglamento, por todo esto se hace necesario conformar un grupo con la participación de las tres asociaciones de catadores y la Conapisco, para elaborar el Reglamento de Catadores.

En fin, el pisco siempre nos trae nuevos retos, desafíos y por supuesto momentos placenteros, avancemos. Disfrute del pisco con responsabilidad.

¡Hasta la próxima! 

Por Livio Pastorino Wagner
Sommelier, Especialista y Catador de Pisco
Registro: CRDO-PISCO RCO-034-2011
@elmagozurdo

Pisco y música

Revista Cocktail No. 23, agosto 09 del 2019.

 

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Agosto 2019

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